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Casos De Lesiones A Su Persona
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Areas de Especialidad
Casos De Lesiones A Su Persona

Las siguientes son Respuestas Generales a preguntas básicas que surgen como el resultado de un accidente en el cual una persona es lesionada debido a las acciones de otra persona o entidad.  La información NO se debe tomar o interpretar como algo que aplica a todo caso de este tipo y solo se debe considerar como una orientación a estos tipos de casos.

ES CRITICO QUE LAS PREGUNTAS CON RESPECTO A SU CASO EN PARTICULAR SEAN ATENDIDAS POR UN ABOGADO QUE PRACTICA ESTA AREA DE LA LEY.

MI OFICINA NO COBRA POR UNA CONSULTA PERSONAL. EL HONORARIO AL ABOGADO SE OTORGA A BASE DE UN PORCENTAJE DE LA CANTIDAD QUE RECUPERA/OBTIENE EN SU CASO.

Las Preguntas Y Respuestas Que Mas Se Hacen

1. ¿Que es daño corporal/daños a su persona?  Estos tipos de daños pueden ser físicos, mentales o ambos.  Los daños físicos podrían resultar en muerte.

2. ¿Que es daño a propiedad?  Este tipo de daños son usualmente a artículos físicos tales como autos, casas, y pertenencias personales.

3. ¿Que clase de ley gobierna a estos casos?   Leyes civiles se utilizan para gobernar los derechos entre las personas.  Esto no es gobernado por las leyes criminales, aunque hay veces que se cometen crímenes en los cuales también se puede dar seguimiento a una acción civil.  Los principios legales se conocen como ACTOS ILÍCITOS CIVILES.

4. ¿Cuando es que una persona puede dar seguimiento a este tipo de caso civil?   Cuando una persona es lesionada por causa del acto negligente de otra persona, la persona lesionada puede tomar acción legal por actos ilícitos civiles cometidos contra los responsables para poder recuperar los daños sufridos.  La persona responsable se considera “Legalmente Responsable” por cualquier daño resultante.  Daños pueden tomar la forma de cosas tales como dolor, sufrimiento, estrés emocional e inconveniencias.  También puede tomar la forma de gastos médicos, perdida de sueldos, entre otros tipos de perdidas.

5. ¿Cuales son los actos negligentes mas comunes?
- ACCIDENTS AUTOMOVILISTICOS
- lastimaduras en el trabajo en el cual una persona, no el empleador, causa la lastimadura.
-responsabilidad legal por bebidas alcohólicas/proveyendo alcohol excesivo
-resbalones y caídas
-mal praxis medico

6. ¿Habrá casos en los cuales hay responsabilidad legal absoluta sin hacer caso a cualquier acto de negligencia? SI.
-responsabilidad legal de los dueños de animales domésticos por ejemplo perros, caballos, etc
-actividades ultra-peligrosas

7. ¿Puede un cónyuge de una persona lesionada ser parte de la acción contra las partes responsable?  SI.
-dependiendo en las circunstancias puede haber un reclamo por la perdida de consorcio por el cónyuge.  Esto seria basado en la perdida de compañerismo y cuidado por el cónyuge que no fue lesionado.
-Un miembro de la familia que atestiguo el accidente en el cual un pariente fue lesionado también puede tener el derecho de unirse a la acción.

8. ¿Cómo se determina la negligencia?  Hay muchos factores que se consideran, y que deben existir, para determinar si ha ocurrido negligencia en un accidente.  Fuertemente se recomienda, y en muchos casos, es critico que un abogado ejerza en la área de ley de actos ilícitos civiles (TORT) repase los hechos en particular de su caso para que se puedan aplicar los requisitos legales específicos, y proveer una opinión de razonamiento.

9.¿Qué tanto tiempo tiene una persona para traer un caso/demanda/acción contra la parte responsable? Una persona es limitada a un periodo fijo de tiempo en el cual se puede traer una accion contra la parte responsable. Esto se llama un estatuto de limitaciones de tiempo. En la mayoría de los casos menores tienen periodos mas largos de tiempo en el cual archivar una acción legal.

Generalmente:

  • Usted tiene solo 6 meses desde la fecha de lastimadura par entablar un caso contra el Estado, Condado o la Ciudad.
  • Usted tiene solo un año desde la fecha del accidente por todos los accidentes hasta el día 1 de Enero, 2003 para entablar un caso contra la entidad privada, comercial o individual.
  • Usted tiene solo dos años desde la fecha del accidente por todos los accidentes hasta el día 1 de Enero, 2003 para entablar un caso contra la entidad privada, comercial o individual.

10. Es critico que la persona busque el consejo de un abogado que sepa manejar este tipo de casos tan pronto sea posible despues del accidente. Hay veces en que parese ser en cual no hay aseguranza que vaya cubrir la lesion y las perdidas. Sin embargo, con investigacion adicional una aseguranza pudiera existir que cubra.

Para información adicional llame al Despacho de la Abogada Sylvia López al (661) 324-5911.  Favor de pedir hablar con Lupe Molina.